CAPÍTULO IX
Infracciones y sanciones en materia de
Seguridad Social
Art. 96.
Infracciones y sanciones.
En materia de
infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en la
presente Ley y en la Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre Infracciones y
Sanciones de Orden Social.