LEY DE ORDENACION DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

     Primera. ...
Disposición derogada por la Ley de 28 de diciembre de 1963, de Bases de la Seguridad Social.

 

      Segunda. La escala de Inspectores provinciales de Trabajo, declarada a extinguir por la Ley de 17 de julio de 1958, continuará formando parte del Cuerpo Nacional de Inspectores de Trabajo, reconociéndose a los funcionarios que la integran los derechos adquiridos, especialmente la posibilidad de ingresar en la escala técnica.

     Quedan derogadas las Leyes de 15 de diciembre de 1939 y de 4 de mayo de 1948, pero sus disposiciones de aplicación continuarán en vigor en tanto que no se opongan a lo dispuesto en esta Ley hasta que sean sustituidas por las normas de desarrollo de la misma.

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