DISPOSICION
ADICIONAL
Única. Oferta
de empleo comunitaria.
La oferta de empleo
procedente de otros países de la Unión Europea, a
través de sus servicios públicos de empleo será
tramitada por el Instituto Nacional de Empleo en los términos
previstos en la Decisión de la Comisión de las
Comunidades Europeas de 22 de octubre de 1993, relativa a la
aplicación del Reglamento (CEE) número 1612;68, del
Consejo, relativo a la libre circulación de los trabajadores
dentro de la Comunidad, en lo que respecta, en particular, a una red
creada bajo la denominación EURES. Dichas ofertas incluyen las
procedentes de los países signatarios del Acuerdo sobre el
Espacio Económico Europeo, suscrito en Oporto el 2 de mayo de
1992 adaptado por el Protocolo de 17 de marzo de 1993 y ratificado el
26 de noviembre de 1993.