DISPOSICIÓN
DEROGATORIA
Unica. Quedan derogadas cuantas
disposiciones se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto
y expresamente:
1. El Real Decreto
1992/1984, de 31 de octubre, por el que se regulan los contratos de
trabajo en prácticas y para la formación.
2. Los artículos
1 al 6 y 10 del Real Decreto 1991/1984, de 31 de octubre, por el que
se regula el contrato a tiempo parcial, el contrato de relevo y la
jubilación parcial.
3. Los artículos
11 al 14 del Real Decreto 2104/1984, de 21 de noviembre, por el que
se regulan diversos contratos de duración determinada y el
contrato de trabajadores fijos discontinuos.