6.  Valoración de los puestos

El análisis y valoración de los puestos de trabajo se llevará a cabo mediante un sistema homologado y objetivo de valoración.

El Comité General de Empresa será informado por la Dirección de la valoración de puestos, así como del sistema de valoración empleado.

Artículo 49. Grupo: Personal Técnico Titulado. (Grupo 1 Bis). (Grupo a extinguir)

Nivel salarial 9

INGENIERO TÉCNICO, ARQUITECTO TÉCNICO, AYUDANTE TÉCNICO SANITARIO, EXPERTO LABORAL (GRADUADO SOCIAL) Y TITULADO DE GRADO MEDIO

Accesos a las categorías: por ascenso, de las correspondientes categorías de Entrada, a los dos años de permanencia efectiva.

Salidas de las categorías: por ascenso, a la categoría que se determine en el nivel 10. Por pase, a otras categorías de nivel 9.

Funciones: integran estas categorías los agentes que, en posesión del correspondiente título, han adquirido un adecuado desarrollo de sus conocimientos profesionales aplicados a las materias ferroviarias, desempeñando las funciones para las que les habilita dicho título.

Otras observaciones: la categoría de Titulado de Grado Medio abarca, por exclusión, las titulaciones no mencionadas expresamente, de análogo nivel académico.

Nivel salarial 8

INGENIERO TÉCNICO, ARQUITECTO TÉCNICO, AYUDANTE TÉCNICO SANITARIO, EXPERTO LABORAL (GRADUADO SOCIAL) Y TITULADO DE GRADO MEDIO DE ENTRADA

Accesos a las categorías: en cuanto categorías de comienzo, todos los agentes que lo soliciten y estén en posesión del correspondiente título. Son también categorías de ingreso.

Salidas de las categorías: por ascenso, a las correspondientes categorías, a los dos años de permanencia efectiva. Por pase, a otras categorías de nivel 8.

Funciones: deberán efectuar las mismas funciones atribuidas a los agentes de las correspondientes categorías de nivel superior, sin tener por ello derecho a la percepción de diferencias por movilidad temporal funcional, al tratarse de categorías con ascenso por simple permanencia efectiva.

Otras observaciones: estas categorías son tanto de comienzo como de ingreso. La categoría de Titulado de Grado Medio abarca, por exclusión, las titulaciones no mencionadas expresamente, de análogo nivel académico.

 
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