En caso necesario, realizará las mismas funciones del Auxiliar de Tren, en especial en aquellos trenes cuyo volumen de trabajo no requiere el acompañamiento de un Auxiliar de Tren.

Nivel salarial 3

AUXILIAR DE TREN

Accesos a la categoría: en cuanto categoría de comienzo, todos los agentes que lo soliciten. Es también categoría de ingreso.

Salidas de la categoría: por ascenso, a Agente de Tren. Por pase, a otras categorías de nivel 3.

Funciones:

– Forman esta categoría los agentes que, de servicio en un tren y a las órdenes de un Agente de Tren, coadyuvan con éste y, cuando sean requeridos para ello, con el personal de las estaciones de tránsito, en la carga y descarga de mercancías, equipajes y demás bultos que se transporten en los furgones.

– En el interior de los furgones agruparán los bultos por destinos y cuidarán de su correcta estiba para evitar averías durante el transporte.

– En trenes con más de un furgón, podrán llevar a su cargo uno de ellos, así como la recepción, custodia y entrega de las mercancías que se transporten en dicho furgón.

– En las estaciones sin agentes de maniobras, o si, aun habiéndolos, fuese necesaria su colaboración, realizarán las funciones que les sean encomendadas por el Jefe de Circulación para la ejecución de las maniobras a realizar con su material. De no existir Jefe de Circulación, actuará bajo la dirección del Agente de Tren que disponga la maniobra.

– En casos de anormalidad, cumplirá las misiones que se le encomienden para el tratamiento de la incidencia, colocación de señales o petardos para la cobertura de tren, accionamiento de frenos, colocación de teléfonos portátiles, etc.

Otras observaciones: esta categoría es tanto de ingreso como de comienzo.

Artículo 56.  Grupo: Personal de Conducción.

A las funciones de la rama de conducción, recogidas en este Texto, habrán de añadirse las actividades de información a los clientes relativas a incidencias técnicas, a través de la megafonía del tren.

Nivel salarial 9

JEFE DE DEPÓSITO (a extinguir)

Accesos a la categoría: por ascenso, de Subjefe de Depósito. Por pase, de otras categorías de nivel 9.

 
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