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Artículo 113. Asignación
de vacantes.
Los aprobados
en cualquier convocatoria de ingreso cubrirán la vacante que se les asigne por
orden riguroso de puntuación en el sistema de ingreso establecido en la
correspondiente convocatoria.
No será
asignado mayor número de plazas que las anunciadas.
Artículo 114. Período de
prueba.
Respecto de
los períodos de prueba que deberán cumplir los aspirantes que obtengan plaza
como agentes fijos, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los
Trabajadores.
Durante el
período de prueba, que sólo se podrá cubrir con servicios efectivos, tanto la
Red como los interesados podrán dar por terminada su relación laboral, sin
derecho a indemnización alguna por tal motivo.
Capítulo segundo
REINGRESO DE PERSONAL POSINCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL
Artículo 115.
Teniendo en
cuenta las modificaciones legislativas introducidas en los procedimientos de
declaración y reconocimiento de la invalidez permanente, y con el fin de
armonizar las posibles acciones específicas de reingreso de los trabajadores
afectados con las previsiones normativas, así como con el objeto de poder
acogerse a las disposiciones de reinserción de trabajadores minusválidos y que
la Empresa pueda obtener los beneficios establecidos en esta materia, se
acuerda lo siguiente:
Primero. Los
trabajadores que, previo expediente al efecto no iniciado a petición propia y/o
que no cuente con su consentimiento a tal fin, sean declarados por la Seguridad
Social con invalidez en el grado de Incapacidad Permanente Total para su
profesión habitual, siendo por tal motivo separados de la Empresa, serán
reintegrados automáticamente, para lo cual realizarán el cursillo previo de
adaptación, en los casos en que sea necesario, destinándoles a puestos de
trabajo de su mismo nivel salarial compatible con la incapacidad que padezcan y
sin perjuicio ni merma de los derechos adquiridos anteriormente. Con el fin de complementar los principios
contenidos en el párrafo anterior, se da cobertura en el mismo a aquellas
situaciones personales, en las que sin mediar iniciativa de la Empresa a tal
fin, y sin contar con el consentimiento expreso del trabajador, éste obtuviera
una Incapacidad Permanente Total, siendo la voluntad del trabajador seguir
prestando sus servicios en la Empresa, en un puesto de trabajo compatible con
sus limitaciones, éste mantendrá su derecho al reingreso siempre que agote el
correspondiente recurso administrativo, haciendo constar que tiene garantizado
su reingreso en la Empresa en puesto de trabajo compatible con sus
limitaciones, y por tanto, se opone a su declaración como incapacitado
permanente total.
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