Artículo 153.002.  

En ningún caso se percibirá más de una gratificación por título, cualquiera que sea el número de titulaciones que se ostenten.

Artículo 153.003.  

Mediante acuerdo en la Comisión Paritaria, se podrán establecer modificaciones al cuadro preinserto respecto a titulaciones y/o dependencias de las anteriormente consignadas, todo ello con el fin de poder efectuar actualizaciones de la presente homologación normativa.

Capítulo quinto

PLUSES

Plus de Productividad IX Convenio Colectivo (*)

Artículo 154.  

Hata el 30 de junio de 2003, este plus se abonaba semestralmente según la cuantía determinada en las Tablas Salariales vigentes: el 50% del mismo en la nómina del mes de marzo y el 50% restante en la de septiembre.

A partir del 1 de julio de 2003, queda sin contenido este concepto retributivo.

(*) Afectado por lo dispuesto en el epígrafe II de la Cláusula 3ª del XIV Convenio Colectivo, contenida en el artículo 608 de este Texto.

Plus de desarraigo

Artículo 155.  

Los agentes afectados por la desaparición del plus de desarraigo, percibirán las dietas establecidas en el artículo 314 de este Texto.

Plus de nocturnidad (**)

Artículo 156.  

Darán derecho a este plus las horas de trabajo computables realizadas por los agentes durante el período comprendido entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

Este plus se abonará durante las vacaciones anuales, por el promedio obtenido en los días de trabajo efectivo del agente en los tres últimos meses.

La cuantía del plus será la que se señala en las Tablas Salariales vigentes.

Este concepto se mantiene para el personal de Conducción afectado por su Sistema Retributivo específico.

(**) Afectado por el Marco Regulador del Convenio de Intervención de Cercanías y la Norma Reguladora del Colectivo de Intervención en Ruta que preste servicio efectivo en gráficos de la U.N de Grandes Líneas, de los artículos 606.001 y 606.002, respectivamente, de este Texto

Plus de maniobras

Artículo 157.  

Se establece un plus de puesto de trabajo que devengará el personal de maniobras por día trabajado realizando funciones de maniobras, si se cumplen todos los siguientes requisitos:

 
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