– Jefe de Servicio de Administración.

– Inspector Principal de Administración.

– Jefe de Oficina Administrativa.

– Jefe de Negociado.

– Oficial de Primera Administrativo.

– Oficial de Segunda Administrativo.

– Oficial Administrativo de Entrada.

– Peón.

– Limpiador.

– Ayudante Ferroviario.

El importe de este plus se cifra, por tipos salariales, en las cuantías fijas mensuales establecidas en las Tablas Salariales vigentes.

El referido plus no repercutirá en ninguna otra clase de percepciones, tales como pagas extraordinarias, compensación por descansos no disfrutados, vacaciones, etc.

(**) Afectado por el sistema de Primas de la U.N. de Circulación del Acuerdo de 29-4-1999.

Capítulo sexto

INCENTIVOS Y PRIMAS

Sección Primera

Incentivos

Artículo 169.  

La iniciativa para implantar sistemas de trabajo con incentivo corresponde normalmente a la Dirección de la Red, la que previamente solicitará el oportuno informe de la Representación del Personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. Sin perjuicio de las reclamaciones que puedan interponer los agentes ante la Autoridad Laboral.

Artículo 170.  

En el caso de que la Representación del Personal no diese informe favorable y concurrieran circunstancias que aconsejaran la implantación de los sistemas de trabajo con incentivo por conveniencias del servicio público ferroviario, la Red podrá solicitar su implantación obligatoria de la Autoridad Laboral.

Artículo 171.  

Las tarifas aplicables al trabajo con incentivo se calcularán de modo que, alcanzando el rendimiento prefijado como norma, obtenga el trabajador un 13% de aumento sobre el sueldo de su categoría.

Se estimará correcta cualquier tarifa de incentivos siempre que transcurrido el período de prueba o ensayo el 75% de los trabajadores afectados obtenga un incremento medio igual, o superior, al 17% sobre el sueldo de su categoría.

Artículo 172.  

En la fijación de las tarifas de incentivos para el personal de conducción, de estaciones directamente vinculado a la circulación (Jefes de Estación, Factores de Circulación, Guardagujas, Capataces de Maniobras y Especialistas de Estaciones) y Ayudante Ferroviario desempeñando sus funciones en estaciones vinculadas a la circulación, se ha establecido un coeficiente de mejora en razón a su constante responsabilidad en la seguridad y regularidad de tráfico ferroviario.

 
Pág. 170