5. El
personal que preste sus servicios en gráficos de conducción de línea de la U.N.
de Cercanías ha pasado a percibir, desde la fecha de aplicación de este
precepto, el Complemento de Actividad «Conducción de trenes en Cercanías y
Regionales», al valor de 32,097352 e/día (punto 2.2.3, párrafo 2.º del artículo
181.004 Sistema Retributivo del Personal de Conducción), aplicándose a este
concepto el valor establecido en las Tablas Salariales del Convenio Colectivo
vigente en cada momento. (**)
6. A
partir del 1 de agosto de 2001 no existe ningún impedimento normativo laboral
para la implantación del Agente Único en tren en los gráficos de conducción de
línea de trenes de la Unidad de Negocio de Cercanías.
7. Este
precepto, en todos sus términos, ha entrado en vigor el día 1 de agosto del
2001.
1. Optimización
de los recursos empleados en Actividades Complementarias
Se define el
concepto de Servicios Complementarios de Cercanías (S.C.C.), como aquel en el
que los recursos humanos destinados a él, realizan indistintamente las
funciones de Reserva, Depósito o Maniobras.
Se asigna un valor a estos
servicios complementarios de 2,209981 e/hora.
Para
poder grafiar este nuevo concepto, se requerirá una duración mínima de seis
horas de esta actividad o de cinco horas si están comprendidas entre las
veintitrés horas y las seis horas, y que se realice en la residencia del
trabajador.
Excepcionalmente,
en la residencia del trabajador podrá grafiarse S.C.C. por una duración
inferior a los límites establecidos en el párrafo anterior pero siempre con una
duración superior a la de tres horas treinta minutos.
Asimismo,
y con carácter excepcional, se podrá grafiar S.C.C. fuera de la residencia del
trabajador con una duración mínima de seis horas o cinco horas, según lo
establecido en el párrafo tercero de este punto.
En
todos los gráficos que sea necesario incluir una clave de S.C.C., el resto de
claves de Reservas, Depósitos o Maniobras que alcancen las seis horas de
citadas actividades o las cinco horas si están comprendidas entre las
veintitrés horas y las seis horas, se abonarán al mismo precio.
Este
nuevo sistema funcional de trabajo se implantará exclusivamente en aquellos
gráficos en que su incorporación suponga un beneficio a la gestión del servicio
de Cercanías.