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APÉNDICE
Título IX
MARCO REGULADOR DE MANDO INTERMEDIO Y CUADRO
Artículo 352. Principios Generales.
La presente regulación establece y desarrolla el
marco específico de relaciones laborales del Grupo de Mando Intermedio y
Cuadro, dando carta de naturaleza a este grupo profesional, verdadero elemento
vertebrador del sistema productivo de la empresa.
La ordenación del marco laboral del grupo de
Mando Intermedio y Cuadro mantiene una estructura similar al de la Estructura
de Apoyo, que además se identifica explícitamente como la salida natural del
Mando Intermedio y Cuadro.
En síntesis, esta ordenación laboral tiene dos
características diferenciales con
respecto al sistemaprofesional
específico de losniveles salariales
inferiores:
* En primer lugar es un sistema de
categoría profesional única, en el que las características diferenciadoras se
definen por los puestos de trabajo.
* En segundo
lugar se procede a una racionalización y simplificación del sistema
retributivo, basado en tres componentes:
– Componente fijo para el que se establece una banda
de referencia en la que se encuadran las diferentes percepciones.
– Complemento de puesto, para los puestos con
condiciones de trabajo específicas.
– Componente variable, cuya cuantía determina las
diferencias relativas de los puestos de trabajo, y que al mismo tiempo
retribuye el nivel de desempeño alcanzado en el cumplimiento de objetivos.
Artículo 353. Condiciones
de trabajo.
1. Acceso a
la categoría profesional de Mando Intermedio y Cuadro
* Todos
los trabajadores que accedan a puestos de Mando Intermedio y Cuadro se
adscribirán obligatoriamente a lo regulado en ese Título, en los artículos
48.001 y 116 y en el Capítulo Décimo del Título V.
* El
sistema de selección delos candidatos
admitidos conforme a lo dispuesto en el artículo 48.001 de este Texto
comprenderá al menos dos de las pruebas siguientes, las cuales estarán
diseñadas en función de las necesidades profesionales del puesto o centro:
– Prueba Teórico-profesional.
– Prueba Práctica.
– Prueba Psicotécnica.
* Los
factores a considerar en los procesos de selección serán las puntuaciones
obtenidas en las pruebas indicadas, junto con la antigüedad en la categoría, si
los aspirantes fuesen de la misma categoría laboral, o la antigüedad en la
empresa si perteneciesen a categorías diferentes, con los niveles de
ponderación quese indican:
– Prueba Teórico-Profesional – máximo 35 puntos
– Prueba Práctica– máximo 35 puntos
– Prueba Psicotécnica – máximo 20 puntos
– La antigüedad se establece en el 10% de la
puntuación teórica máxima, en relación a las pruebas que se establezcan.
A
partir de la firma del XIV Convenio Colectivo, el criterio preferencial
respecto al género infrarrepresentado y con igualdad de puntos, establecido en
el antepenúltimo párrafo del artículo 299 de este Texto, también será aplicable
en las acciones de promoción para la cobertura de puestos del colectivo de
Mando Intermedio, y Cuadro. En todo caso, la aplicación de esta
medida dejará de tener efecto en cuanto se logre un nivel de representación
igual entre ambos géneros, con una distribución equitativa en la cobertura de
plazas.
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