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Este acuerdo será de aplicación
también al personal de conducción de la U.N. de Grandes Líneas que presta
servicio en régimen de agente doble.
Ámbito de aplicación funcional
La totalidad de los acuerdos
recogidos en este punto 9 son de
aplicación única y exclusiva a los maquinistas que presten servicio en gráficos
de conducción de línea, en régimen de Agente Único, en la U.N. de Grandes
Líneas; a excepción de lo relativo a «comidas», que también será de aplicación
al personal de conducción en régimen de agente doble de la U.N. de Grandes
Líneas.
(*) Acuerdo Segundo del Acta de 26-3-2000.
Artículo 606.001. Marco Regulador del Colectivo
de Intervención de Cercanías(*).
Como
consecuencia del proceso de negociación en materia de reordenación funcional,
de condiciones de trabajo y un nuevo esquema retributivo del colectivo de
Intervención de Cercanías, se acuerda el Marco Regulador del Interventor de
Cercanías que contempla los siguientes apartados :
I. PREÁMBULO
La
representación de laEmpresa y el
Comité General de Empresa acuerdan las siguientes Normas de Jornada, Funciones
y Sistema Retributivo para el personal de la categoría de Interventor en
Rutade la U.N. de Cercanías.
La
implantación de todos estos conceptos expuestos anteriormente se hará de modo
gradual y en la medida que las condiciones técnicas y de explotación lo
permitan, garantizándose la participación de todas las residencias integradas
en la U.N.
El nuevo
Marco Regulador del Colectivo de Intervención en Ruta de la U.N. de Cercanías
implica el compromiso de la U.N. de:
1. No
generar situaciones excedentarias dentro del colectivo de Intervención ni
acciones de movilidad forzosa, como consecuencia de la aplicación de este
Acuerdo.
2. Ningún
trabajador abandonará de manera forzosa el colectivo de Intervención.
3. Se
realizará una acción de movilidad a nivel U.N. de todo el colectivo,
permitiendo la salida del colectivo por concurso a otros destinos y categorías.
II. JORNADA DEL PERSONAL DE INTERVENCIÓN U. N. CERCANÍAS
2.1. Losgráficos relativos al personal de
Intervención de Cercaníasse
confeccionarán por la U.N. de Cercanías, de conformidad con las normas
establecidas en este apartado, pudiendo ser impugnados por la Representación de
los Trabajadores en caso de que estimen que infringen lo aquí dispuesto. La Representación de los
Trabajadores participará en la confección de los gráficos formulando las
propuestas y mejoras que consideren oportunas.
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