Este acuerdo será de aplicación también al personal de conducción de la U.N. de Grandes Líneas que presta servicio en régimen de agente doble.

Ámbito de aplicación funcional

La totalidad de los acuerdos recogidos en este punto 9 son de aplicación única y exclusiva a los maquinistas que presten servicio en gráficos de conducción de línea, en régimen de Agente Único, en la U.N. de Grandes Líneas; a excepción de lo relativo a «comidas», que también será de aplicación al personal de conducción en régimen de agente doble de la U.N. de Grandes Líneas.

(*) Acuerdo Segundo del Acta de 26-3-2000.

Artículo 606.001.  Marco Regulador del Colectivo de Intervención de Cercanías(*).

Como consecuencia del proceso de negociación en materia de reordenación funcional, de condiciones de trabajo y un nuevo esquema retributivo del colectivo de Intervención de Cercanías, se acuerda el Marco Regulador del Interventor de Cercanías que contempla los siguientes apartados :

I.  PREÁMBULO

La representación de laEmpresa y el Comité General de Empresa acuerdan las siguientes Normas de Jornada, Funciones y Sistema Retributivo para el personal de la categoría de Interventor en Rutade la U.N. de Cercanías.

La implantación de todos estos conceptos expuestos anteriormente se hará de modo gradual y en la medida que las condiciones técnicas y de explotación lo permitan, garantizándose la participación de todas las residencias integradas en la U.N.

El nuevo Marco Regulador del Colectivo de Intervención en Ruta de la U.N. de Cercanías implica el compromiso de la U.N. de:

 1.  No generar situaciones excedentarias dentro del colectivo de Intervención ni acciones de movilidad forzosa, como consecuencia de la aplicación de este Acuerdo.

 2.  Ningún trabajador abandonará de manera forzosa el colectivo de Intervención.

 3.  Se realizará una acción de movilidad a nivel U.N. de todo el colectivo, permitiendo la salida del colectivo por concurso a otros destinos y categorías.

II.  JORNADA DEL PERSONAL DE INTERVENCIÓN U. N. CERCANÍAS

 2.1.  Losgráficos relativos al personal de Intervención de Cercaníasse confeccionarán por la U.N. de Cercanías, de conformidad con las normas establecidas en este apartado, pudiendo ser impugnados por la Representación de los Trabajadores en caso de que estimen que infringen lo aquí dispuesto. La Representación de los Trabajadores participará en la confección de los gráficos formulando las propuestas y mejoras que consideren oportunas.

 
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