5.  FUNCIONES

• Los trabajadores adscritos en el Equipo Móvil realizarán las funciones de su categoría.

6.  TRATAMIENTO ECONÓMICO

• La retribución especifica del Equipo Móvil está compuesta por dos complementos incompatibles entre sí, en función de la situación de desplazamiento o no en la prestación del servicio:

— El complemento específico mensual establecido en las Tablas Salariales vigentes para este concepto, o la parte proporcional correspondiente por día natural, mientras no se encuentre desplazado con el equipo móvil.

— El complemento específico mensual establecido en las Tablas Salariales vigentes para este concepto, o la parte proporcional correspondiente por día natural, cuando se encuentre en situación de desplazado con el equipo móvil.

• Dieta por desplazamiento o dieta de viaje que corresponda, según normativa.

• El alojamiento correrá por cuenta de la empresa.

• Prima de producción (clave 414), de la residencia de desplazamiento. En caso de no existir valor para dicha residencia, se asignara la de una estación de Grupo "AO" del ámbito del Puesto de Mando al que pertenezca.

Artículo 606.011.  Prima de Circulación

La fórmula de Prima de Circulación, adaptada al nuevo entorno operativo, quedará como sigue:

Puestos de Mando:

PM = Kc+Kn+(G * Vh * Ht * p)+(If * Det)

PM = Importe mensual a acreditar al trabajador en el mes objeto del cálculo

Kc = Constante para las categorías propias de Circulación

Kn = Constante de nivel salarial

G = Coeficiente de categoría (inherente al puesto de trabajo)

Vh = Valor horario de la prima

Ht = Número de horas primables realizadas por el trabajador en el mes objeto de cálculo

P = Coeficiente de productividad.

If = Incentivo de funcionalidad (3,50 e para las categorías 302, 303, 307, 308,  y 1,83 e para 390, 391, 320, 310 y 305)

Det = Días efectivos de trabajo

Estaciones:

Pm = Kn + ((Gm+Pp) * p) + (If * Det)

Pm = Importe mensual a acreditar al trabajador en el mes objeto del cálculo

Kn = Constante de nivel salarial

 
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