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5. FUNCIONES
• Los trabajadores adscritos en el Equipo Móvil realizarán
las funciones de su categoría.
6. TRATAMIENTO ECONÓMICO
• La retribución especifica
del Equipo Móvil está compuesta por dos complementos incompatibles entre sí, en
función de la situación de desplazamiento o no en la prestación del servicio:
— El complemento
específico mensual establecido en las Tablas Salariales vigentes para este
concepto, o la parte proporcional correspondiente por día natural, mientras no
se encuentre desplazado con el equipo móvil.
— El complemento
específico mensual establecido en las Tablas Salariales vigentes para este
concepto, o la parte proporcional correspondiente por día natural, cuando se
encuentre en situación de desplazado con el equipo móvil.
• Dieta por desplazamiento o
dieta de viaje que corresponda, según normativa.
• El alojamiento correrá por
cuenta de la empresa.
• Prima de producción (clave
414), de la residencia de desplazamiento. En caso de no existir valor para
dicha residencia, se asignara la de una estación de Grupo "AO" del ámbito del
Puesto de Mando al que pertenezca.
Artículo 606.011. Prima de Circulación
La
fórmula de Prima de Circulación, adaptada al nuevo entorno operativo, quedará
como sigue:
Puestos de Mando:
PM = Kc+Kn+(G * Vh * Ht * p)+(If * Det)
PM = Importe
mensual a acreditar al trabajador en el mes objeto del cálculo
Kc = Constante
para las categorías propias de Circulación
Kn = Constante
de nivel salarial
G = Coeficiente
de categoría (inherente al puesto de trabajo)
Vh = Valor
horario de la prima
Ht = Número
de horas primables realizadas por el trabajador en el mes objeto de cálculo
P = Coeficiente
de productividad.
If = Incentivo
de funcionalidad (3,50 e
para las categorías 302, 303, 307, 308,
y 1,83 e
para 390, 391, 320, 310 y 305)
Det = Días
efectivos de trabajo
Estaciones:
Pm = Kn + ((Gm+Pp) * p)
+ (If * Det)
Pm = Importe mensual a
acreditar al trabajador en el mes objeto del cálculo
Kn = Constante de nivel salarial
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