6.  Nivel global de cumplimiento del Plan de Objetivos. Este nivel de cumplimiento determinará el porcentaje de la masa de referencia a abonar. El nivel global de cumplimiento del Plan de Objetivos se calcula mediante la suma de los valores ponderados de los tres parámetros. Si el nivel global obtenido está situado entre los valores 30 y 100 se abonará la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje obtenido a la masa de referencia indicada en los puntos 1 y 2 de este artículo. Aunque el nivel global de cumplimiento de Plan de Objetivos superara el 100%, el abono máximo será el 100% de la masa de referencia y, si dicho nivel fuera inferior a 30% no se generará abono alguno por este concepto.

7.  Condiciones de aplicación y abono del Plan de Objetivos. Un vez determinado el nivel global de cumplimiento del Plan de Objetivos se aplicará el porcentaje que corresponda a la masa de referencia de cada año, y la cantidad resultante se repartirá y abonará de forma lineal entre todos los trabajadores de este colectivo. Las cuantías adicionales que en su caso correspondan en cada ejercicio tendrán carácter consolidable y se abonarán en los meses de abril y septiembre.

8.  Personal no contemplado en el punto 1. Para el personal no contemplado en el punto 1 de este artículo, la evaluación se realizará con los mismos parámetros y criterios de medida mencionados en los puntos anteriores, aplicándose individualmente a las respectivas retribuciones, a valores del ejercicio anterior, y se incorporará al componente fijo.

(1).  Resultado antes de Extraordinarios, en adelante definido como Resultado.

Artículo 611.  Clasificación Profesional

Se establece una comisión de trabajo durante la vigencia del XIV Convenio, para el desarrollo de la nueva Clasificación Profesional de Renfe, con objeto de adaptar las funciones y entornos operacionales de los puestos de trabajo, así como el sistema retributivo, a la nueva realidad empresarial de Renfe y al contexto competitivo en que deberá desenvolverse.

Esta clasificación profesional abordará, asimismo, el perfeccionamiento de la actual regulación de Mando Intermedio y Cuadro, bajo los principios de equidad interna y promoción profesional.

El desarrollo de la clasificación profesional contará con una financiación específica, adecuada al alcance de la  misma, promoviéndose por ambas partes el impulso y apoyo de la Administración, por su relevancia para coadyuvar  a afrontar con éxito los retos del nuevo modelo ferroviario.

Si transcurrido el mes de junio del año 2004 no hubiera finalizado la clasificación profesional, se reordenarán aquellos colectivos que no han modificado su funcionalidad.

Artículo 612.  Revisión del sistema de prima y condiciones de trabajo del MIT

Durante el ejercicio 2003 se analizarán los actuales sistemas de incentivo del MIT, en relación con las nuevas condiciones de trabajo y entorno productivo, para armonizar aquéllos, contando con una financiación específica para estos fines, adecuada a las mejoras productivas que se determinen en la negociación, que será de aplicación en el primer trimestre del año 2004.

 
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