5. Disposición final
La gratificación mensualgarantizada,según niveles salariales, por veinte horas de presencia/mes para
los trabajadores que cumplan los requisitos del punto 4, apartado A), de este precepto, se efectuará
conforme al valor unitario de horas de mayor dedicación de la Tabla 2 de las
Tablas Salariales vigentes.
Los trabajadores que tengan el
complemento personal de antigüedad (veinte años en el mismo nivel salarial),
cobrarán el importe del nivel salarial inmediatamente superior al que ostentan.
En vacaciones será abonada la
gratificación mensual a las personas que en los tres meses anteriores la
hubiesen cobrado y aquellos que no alcancen esta condición sólo les
corresponderá el abono de la parte proporcional correspondiente.
(*) Acuerdo
de 26-06-1996.
Artículo 604. Mantenimiento Integral de Trenes. Regulación de la
funciónde Asistencia Técnica en línea
de material autopropulsado (*).
1. Definición
Son
aquellos equipos de trabajadores especializados que tienen como función
principal realizar operaciones de mantenimiento correctivo yaccidental
en línea, así como comprobar en las cabeceras y finales de los
recorridos la Fiabilidad y Disponibilidad del Material Autopropulsado.
Estos equipos comprobarán el
funcionamiento correcto evitando en lo posible, mediante su actuación, que el
material quede inutilizado y sea necesario retirarlo para su reparación en Talleres.
Las operaciones a desarrollar englobarán:
a) Dentro de la
puesta en marcha:
Comprobación
de anomalías detectadas y reparación en su caso, previa a la circulacion de los
vehículos a la hora de inicio del servicio establecido por cada cabecera de
línea.
b) Dentro del
cierre:
Comprobación
final del material a la hora de finalización del servicio establecido en los
finales de línea.
c) Durante la
jornada:
La reparacionesy comprobaciones necesarias del material
durante sus trayectos, siempre y cuando sea posible, tomando las medidas
necesarias de seguridad, para evitar la paralización del mismo por averías
subsanables «in situ».
2. Entorno operacional
La realización de
las tareas encomendadas a la Asistencia Técnica en Línea del Material
Autopropulsado se realizarán en los núcleos relativos a esta actividad que
abarque su demarcación, la cual no deberá superar los 80 kilómetros del
municipio donde esté ubicada la dependencia del trabajador, considerándose esta
distancia como referencia para poder dar una respuesta idónea y adecuada a las
demandas que se soliciten.
|